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Comparador RESICO vs Actividad Profesional

Compara de forma interactiva y detallada tu carga fiscal de ISR e IVA entre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y Actividad Profesional (honorarios). Incluye deducciones, retenciones de personas morales y punto de equilibrio óptimo.

Elaborado y revisado por Gael Hernández Solís · Última revisión: 2026-06-24

Herramienta interactiva

Esta página incluye la guía de uso, el alcance, los límites y las fuentes de la herramienta. El formulario se carga abajo para calcular, convertir o generar el resultado.

Revisión: 2026-06-24Datos: sin cuenta obligatoria

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Guía de uso

Qué resuelve

Compara escenarios de RESICO y actividad profesional para visualizar diferencias de carga fiscal estimada.

Cuándo usarla

Úsala como punto de partida antes de revisar requisitos, ingresos, deducciones y obligaciones con un contador.

Cómo calcula o genera

El comparador organiza ingresos, deducciones y supuestos para contrastar escenarios RESICO contra actividad profesional. La página no decide elegibilidad; solo muestra diferencias aproximadas bajo datos capturados.

Paso a paso

  1. Captura ingresos y parámetros solicitados.
  2. Revisa el resultado por régimen.
  3. Observa qué conceptos cambian entre escenarios.
  4. Valida si cumples requisitos antes de tomar decisiones.

Ejemplo práctico

Un profesional independiente puede comparar un ingreso anual estimado entre dos escenarios para saber qué preguntas llevar a su asesoría.

Cómo interpretar el resultado

La comparación no decide régimen por sí sola. Pueden influir requisitos, deducciones, clientes, obligaciones y restricciones no capturadas.

Antes de usar el resultado

  • Confirma si realmente puedes tributar en RESICO antes de usar el resultado.
  • Captura ingresos y gastos con la misma periodicidad.
  • Analiza la diferencia como escenario, no como recomendación fiscal definitiva.

Errores comunes

  • Elegir régimen solo por el impuesto estimado.
  • Ignorar requisitos o límites aplicables.
  • No considerar deducciones reales o flujo de efectivo.

Límites importantes

  • No valida requisitos, restricciones ni permanencia en RESICO.
  • No calcula todas las obligaciones, deducciones o restricciones de cada régimen.
  • No reemplaza asesoría fiscal para elegir régimen.

Fuentes y revisión

La revisión se apoya en las referencias fiscales visibles y en la comparación limitada declarada por la herramienta.

Privacidad

Tus ingresos anuales y supuestos de comparación se procesan localmente; el sitio no conserva registros de tu situación fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la principal diferencia entre RESICO y Actividad Profesional?

En RESICO se paga una tasa mínima de ISR (de 1.0% a 2.5%) calculada directamente sobre tus ingresos brutos, sin posibilidad de restar gastos (deducciones). En Actividad Profesional, pagas ISR con base en tarifas progresivas (hasta el 35%) sobre tu utilidad neta (ingresos brutos menos gastos deducibles).

¿Cómo funcionan las retenciones de Personas Morales en cada régimen?

Si eres freelancer y facturas a una persona moral (empresa): en RESICO, la persona moral te retiene el 1.25% de ISR sobre el monto facturado. En Actividad Profesional, te retiene el 10% de ISR y el 10.667% (dos terceras partes) del IVA. Estas retenciones actúan como pagos provisionales a cuenta de tus declaraciones.

¿A quién le conviene el régimen RESICO?

Por lo general, RESICO es sumamente conveniente para profesionales con bajos niveles de gastos de operación (pocas deducciones) cuyos ingresos anuales no superen los 3.5 millones de pesos. Si tienes gastos fijos muy elevados, Actividad Profesional podría resultar mejor al deducirlos.

Guías para profundizar

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